La normativa que regula todo lo referente a Aseguramiento Sanitario y Aportación Farmacéutica es el Real Decreto-Ley 16/2012 de 20 de Abril (B.O.E. 24 abril 2012) de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.
El ciudadano, puede manifestar disconformidad en dos aspectos diferentes:
a. No estar de acuerdo con su situación de Aseguramiento (p. ej. que sea Pensionista y en el sistema aparece como activo, o bien que sea beneficiario y aparezca como titular), en este caso debe dirigirse al CAISS de Trujillo (Centro de Atención e Información al Ciudadano de la Seguridad Social). Horario de atención al público de 9 a 14h, teléfono nº 927320233.
b. No estar de acuerdo con su Aportación a Farmacia. En este caso, hay que aclarar que los datos que se han tenido en cuenta son los de la Declaración de la Renta del año 2010, ya que cuando se cruzaron datos entre la Agencia Tributaria e INSS, aún no había cerrado el plazo para la declaración de la Renta del 2011. En consecuencia deben primero, comprobar su declaración de la Renta de ese año, y si aún no están conformes con su aportación, dirigirse a las oficinas de la AGENCIA TRIBUTARIA en Trujillo, teléfono de contacto 927321511.
c. Los Pensionistas, deberán realizar una aportación a farmacia mensual con un máximo establecido, (cartel informativo) en función de su nivel de renta. Cuando se supere ese máximo, la Administración le reembolsará en los meses de Febrero y Septiembre a su cuenta bancaria, la cuantía excedida.
d. Los datos visibles en la Tarjeta Sanitaria Individual (en el plástico) sólo identifican al usuario. Primará por tanto la información que del mismo aparezca TELEMÁTICAMENTE en las bases de datos de los Centros de Salud y Farmacias.
e. Es OBLIGATORIO llevar la Tarjeta Sanitaria Individual o en su defecto el documento temporal acreditativo expedido por los Centros de Salud, tanto a la Consulta Médica como a la Farmacia.
Fuente de la noticia: INFOCONSUMO

